Interponen demanda por doble juzgamiento al expresidente Ricardo Martinelli.
- Pluma Informativa 507
- 5 sept 2021
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Una demanda de inconstitucionalidad fue interpuesta ante la Corte Suprema Justicia por la supuesta violación de los derechos del exmandatario Ricardo Martinelli al ser sometido a un doble juzgamiento por las interceptaciones a las comunicaciones que habría ordenado durante su gestión presidencial.
El abogado Ramón Castellanos presentó el recurso de inconstitucionalidad al sostener que se ha violado el artículo 32 de la Carta Magna, que prohíbe de manera taxativa e imperativa el doble juzgamiento como lo dispone la doctrina jurídica.
Castellanos argumenta que en la Constitución Nacional se consagra como norma fundamental que se cumpla con el debido proceso y que en el caso de Martinelli le han vulnerado sus derechos con la celebración de una nueva audiencia penal sustentada en los mismos delitos, por los cuales fue juzgado y declarado no culpable.
"La Sentencia de Anulación No. TSA 79/2020, emitida por el TRIBUNAL SUPERIOR DE APELACIONES DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DE PANAMÁ, fechada el 20 de noviembre del 2020, Resolución contra la que recurrimos porque a nuestro criterio, ella violenta de manera flagrante la decisión emitida por el TRIBUNAL DE JUICIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE PANAMÁ, quien emitió la sentencia de primera instancia No. 136/TJ-J el veintiséis (26) agosto de 2020 Resolución con la que se DECLARÓ al expresidente RICARDO ALBERTO MARTINELLI BERROCAL NO RESPONSABLE de los delitos de los que era acusado", subraya el jurista en su demanda.
Agrega que la sentencia de anulación TSA/2020 es violatoria del artículo 32 de la Constitución, porque ella anula una decisión que no era de su competencia, y que dicho tribunal, sólo podía revocar la sentencia de primera instancia y decretar que el expresidente sí era responsable y establecer una condena, pero que nunca debió anular la citada sentencia.
De acuerdo al jurista, el Tribunal Superior de Apelación del Primer Distrito Judicial de Panamá cometió un error garrafal al anotar que esa instancia sólo podía revocar o confirmar, pero no anular la sentencia de decisión de primera instancia, porque se violenta el principio del debido proceso fijado en el artículo 22 de la Constitución Nacional.
Castellanos remarca que la resolución demandada violenta de forma flagrante el debido proceso y que debe ser declarada nula en lo absoluto y dar por suspendido el proceso que se le sigue al expresidente Ricardo Martinelli.
La demanda de inconstitucionalidad interpuesta por la firma forense Castellanos & Asociados, recayó en reparto al magistrado José Ayú Prado, pero existe la posibilidad que se declare impedido para conocer del tema.
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